Los diputados buscan con la modificación que el Ministerio Público pueda perseguir al delincuente sin tener de presentar formal querella.
Ha sido aprobado este miércoles en primera lectura en la Cámara de Diputados la modificación del artículo 31 de la Ley No.76-02, que crea el Código Procesal Penal, con el cual se pretende suprimir el tipo penal de "robo sin violencia y sin armas".
De acuerdo con varios legisladores, la modificación de la ley, busca que el Ministerio Público pueda perseguir al delincuente sin necesidad de presentar querella formal.
La pieza tiene como objetivo especifico la supresión del tipo penal, como hecho punible dependiente de instancia privada para que sea perseguible de oficio por parte del Ministerio Público, una vez este tenga conocimiento por cualquier vía, su ejecución.
En el actual del código el artículo 31 establece que la acción pública a instancia privada, cuando el ejercicio de la acción pública depende de una instancia privada, sólo está autorizado el Ministerio Público a ejercerla con la presentación de la instancia y mientras esta se mantenga.
El presidente de la Comisión de Justicia del órgano legislativo Alexis Jiménez, , solicitó al pleno aprobar la iniciativa, porque permitirá al Ministerio Público y a la Policía Nacional perseguir a las personas involucradas en por independiente de instancia pública de oficio, aunque no haya querellante.
Fue en el Senado de la República, donde arrancó la iniciativa y ha sido sancionada en dos lecturas.

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